Vie. Mar 29th, 2024

BASES QUE HABRÁN DE REGIR UNA BOLSA DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN DE TÉCNICOS  EN EDUCACIÓN INFANTIL

El objeto de esta convocatoria es la determinación de los criterios que habrán de regir el procedimiento selectivo para la creación de de una bolsa de empleo para contrataciones de Técnicos en Educación Infantil para prestar sus servicios en el Centro de Educación Infantil Municipal La Noria en la medida en la que vaya siendo necesario cubrir las necesidades municipales.

Primera OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Serán necesarios para participar en el procedimiento de selección, que deberán reunirse a la fecha de presentación de las solicitudes:

 Segunda: REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN

  1. Ser español o ciudadano comunitario, mayor de 16 años.
  2. No padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
  3. Los minusválidos podrán optar a los puestos de trabajo convocados siempre que su minusvalía no les impida desarrollar normalmente las funciones propias del trabajo al que opten.
  4. Copia alguna de las siguientes titulaciones:

-Técnico Superior en Educación Infantil (Ciclo Formativo de Grado Superior)

-Técnico Especialista en Jardín de Infancia (FP de 2º Grado)

-Técnico Superior en Educación Infantil (Módulo 3 de Educación Infantil)

-Maestro Especialidad de Educación Infantil

-Profesor de EGB Especialista en Preescolar

Tercero: INSTANCIAS

Los aspirantes deberán presentar la solicitud, conforme al modelo que se facilitará por el Ayuntamiento, desde el 24 de julio al 7 de agosto inclusive

La instancia irá acompañada por la siguiente documentación:

  1. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
  2. Copia compulsada de la titulación que se posea.
  3. Vida Laboral de la Seguridad Social
  4. Certificado del SEXPE de Periodos de Inscripción para conocer la antigüedad acumulada de la demanda de empleo.
  5. Copia de los títulos de formación que se posean para acreditar los méritos.
  6. Documentación acreditativa de la experiencia como Técnico en Educación Infantil que se posea.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina la Ley 35/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común.

Dentro del plazo de presentación de instancias, los aspirantes podrán adjuntar, asimismo, todos los documentos y medios probatorios que puedan servir para acreditar los méritos a valorar en la fase de concurso.

Cuarto: PROCEDIMIENTO SELECTIVO: CONCURSO

A  fecha de aprobación de estas bases, se puntuará lo siguiente:

A.  TIEMPO DESEMPLEADO

-Por cada mes completo correspondiente al último periodo como demandante de empleo 0,08 puntos.

B. EXPERIENCIA

Por cada mes completo (a jornada completa) de experiencia acreditada en Centros Públicos de Educación Infantil 0,10 puntos hasta un máximo de 2.

– Por cada  mes completo (a jornada completa) de experiencia acreditada en Centros Privados de Educación Infantil  0,050 puntos hasta un máximo de 2.

C. CURSOS

Por la realización de cursos relacionados con la materia, con un mínimo de 20 horas de duración:

-Cursos entre 20 y 50 horas: 0,25 puntos por cada  curso.

-Cursos entre 51 y 100 horas: 0,50 puntos por cada curso.

-Cursos de más de 100 horas: 1 punto por cada  curso.

La puntuación por cursos será como máximo de 2 puntos.

D. OTRA TITULACIÓN

Por acreditar la titulación de Doctor, Licenciado, Diplomado distinto del alegado para acceder a esta convocatoria: 1 punto.

Quinta: LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por la Sra. Alcaldesa se aprobará una Lista Provisional de admitidos y excluidos, dando un plazo de dos días hábiles a efectos de posibles reclamaciones.

Sexto: COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL

El Tribunal estará compuesto por tres Maestros, actuando como Secretaria, Marieta García Álvarez, Secretaria Interventora Ayuntamiento

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad de los miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria, inexcusablemente, la presencia del Presidente y la Secretaria. Las decisiones se adoptarán por mayoría.

Séptimo: PROPUESTA DE CONTRATACIÓN

En la realización de la fase de concurso se puntuarán las solicitudes de conformidad con el baremo expuesto en el punto cuatro, publicándose en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la puntuación obtenida por los aspirantes, concediendo un plazo de 5 días a efectos de  reclamaciones.

En el caso de haber reclamaciones, resueltas las mismas, se aprobará y publicará la lista definitiva de integrantes de la bolsa de empleo.

Si transcurrido el plazo de reclamaciones, éstas no se hubieran producido, la lista provisional de puntos se elevará a definitiva.

Realizada la fase de concurso, el Tribunal elevará propuesta de contratación a la Sra. Alcaldesa, realizándose las diferentes contrataciones en función de las necesidades de la Entidad.

Así mismo se publicará una lista con todos los participantes, ordenada por orden de puntuación (de mayor a menor).

Los casos de empate se resolverán según el orden de Registro de Entrada de la  solicitud en el Ayuntamiento.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del desarrollo de la selección, en todo lo no previsto en estas bases.

En los casos de renuncias del personal contratado o alguna otra incidencia, la Corporación Local optará por contratar a la persona que figurara como siguiente en la bolsa de trabajo, pasando la persona renunciante a ocupar el último puesto en la bolsa, únicamente para un segundo llamamiento, tras el que, si renunciase nuevamente, se eliminaría definitivamente de la lista.

Únicamente en los casos en los que el aspirante manifestara su imposibilidad de trabajar en la fecha en la que sea llamado, por razones de enfermedad, debidamente justificadas e informadas por un facultativo, se mantendrá el mismo número de orden de la Bolsa.

Novena: IMPUGNACIONES

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos deriven de la misma,  y de la actuación del Tribunal calificador, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, tiempo y forma previstos en las Normas Reguladoras del procedimiento administrativo.

Décima: RETRIBUCIONES

Los aspirantes que resulten contratados percibirán las retribuciones correspondientes a la parte proporcional del salario mínimo interprofesional.

En La Coronada, a 21 de Julio de 2017.

LA ALCALDESA,

Fdo. M.ª José Valdivia Sierra.

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