El Consejo de Ministros decretó el pasado 26 de octubre el estado de alarma para hacer frente a la pandemia del Covid-19.
Un decreto aprobado por una prórroga de 6 meses.
Si la situación epidemiológica mejora, podría levantarse antes.
–PRINCIPALES MEDIDAS
La autoridades delegadas serán los presidentes y presidentas de los gobiernos autonómicos. El órgano de cooperación y cogobernanza será el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Saluf donde están representados el Ministerio de Sanidad y CC.AA.
En Extremadura se limita la circulación de las personas desde las 00:00 horas hasta las 6:00 horas. Solo se podrá circular por las causas justificadas establecidas en la norma.
Las CC.AA. podrán modular la hora de inicio y finalización de esta limitación, entre las 22:00 horas y 00:00 horas y entre las 5:00 y 7:00 horas.
Las autonomías podrán limitar también la entrada y salida de sus territorios, en todo o en parte. Es decir, podrán confinar el territorio completo de su comunidad o decidir el confinamiento de un ámbito territorial inferior.
Esta restricción de entrada y salida de personas tendrá excepciones como la asistencia a centros sanitarios, centros educativos, cumpliendo de obligaciones profesionales o laborales, etc.
De igual forma, las comunidades autónomas decidirán limitar la permanencia de personas en espacios públicos o privados a un número máximo de 6 personas, salvo en los casos de convivientes.
Las medidas adoptadas dependerán de la situación de cada territorio.
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⭕️ ESTADO DE ALARMA ⭕️
✅ El Consejo de Ministros ha decretado el estado de alarma para hacer frente a la pandemia del Covid-19.